Huixquilucan
El Ayuntamiento de Huixquilucan publicó y promulgó las modificaciones, adiciones y reformas al Bando Municipal 2024, en el cual se prioriza el cuidado del agua, el medio ambiente y la protección animal, con el objetivo de fomentar el bien común, la equidad, el bienestar y la sana convivencia entre los habitantes del municipio.
Luego de que, en la Septuagésima Novena Sesión Ordinaria de Cabildo, el Cuerpo Edilicio aprobara, por unanimidad de votos, la actualización de la reglamentación del Bando Municipal, que entra en vigor este 05 de febrero, la presidenta municipal, Romina Contreras Carrasco, destacó que éste será publicado y difundido en todo el territorio, con el propósito de que los habitantes conozcan sus derechos y obligaciones.
Acompañada por los integrantes del Cabildo, la presidenta municipal colocó el Bando Municipal 2024 en las instalaciones del Palacio Municipal y, posteriormente, se instaló en los centros administrativos de Pirules, Plaza Andador (Fresko) y Ex Cinemas, así como en el mercado municipal 25 de agosto, en la Cabecera Municipal.
Entre las nuevas adiciones al Bando Municipal 2024, destacan el Artículo 145, el cual señala que el Centro de Atención y Protección Animal “Huixquican”, se encarga de garantizar la protección, el cuidado y el refugio de los animales domésticos, cuando así se requiera, y está facultado para salvaguardarlos cuando estén en la vía pública y no cuenten con el cuidado de alguna persona; además de brindarles protección, haciendo de conocimiento al Juez Cívico de sus agresores, si es el caso.
En tanto, para enfrentar la crisis histórica que atraviesa el Valle de México por la falta de agua y hacer conciencia a los habitantes de Huixquilucan sobre la importancia del cuidado del vital líquido, así como del medio ambiente, el Artículo 192, fracción XI, indica que son infracciones desperdiciar el agua o no cumplir con los requisitos, normas y condiciones del uso eficiente que establece la ley, así como, arrojar basura, residuos sólidos, desperdicios industriales, solventes, gasolina, petróleo, o sus derivados, y sustancias tóxicas o explosivas a las alcantarillas, cajas de válvulas y en general a las instalaciones de agua potable y drenajes; lo que se sancionará con una multa de 20 a 40 veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de 12 a 18 horas, que podrá ser conmutable por seis a 12 horas de trabajo en favor de la comunidad.
Mientras que la fracción III, establece que arrojar o abandonar en la vía pública objetos, muebles, materiales de construcción, animales muertos, desperdicios y basura; así como, quemar residuos sólidos o líquidos, incluyendo basura doméstica, hojarasca, hierba seca, esquilmos agrícolas, llantas, plásticos, lubricantes, solventes y otras, se sancionará con una multa de cinco a 20 veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de seis a 12 horas, que podrán ser conmutable por tres a seis horas de trabajo en favor de la comunidad.